< Establece la enseñanza del área Identidad Misionera en los establecimientos educativos

Establece la enseñanza del área Identidad Misionera en los establecimientos educativos Artículo 4 ter Provincia de Misiones


Establece la enseñanza del área Identidad Misionera en los establecimientos educativos Misiones
Artículo 4 ter.

El Programa creado en el artículo 4 bis tiene los siguientes objetivos:

1) Incorporar al diseño curricular la enseñanza de la historia y cultura mbya guaraní, con el objeto de fortalecer el conocimiento de nuestras raíces, cultura e historia;

2) Preservar, rescatar y fortalecer nuestras instituciones, lenguas originarias, cosmovisiones, organización social, política, jurídica, económica y filosófica de nuestros pueblos, al reconocernos parte de la historia mbya guaraní;

3) Fortalecer la convivencia y la cooperación entre alumnos de diversas culturas, fomentando el reconocimiento, aceptación y valorización de las mismas, a través de la participación e interrelación cultural;

4) Diseñar, producir y socializar materiales didácticos que recopilen la narración cronológica de la historia sobre nuestras raíces, costumbres, lengua y prácticas espirituales o religiosas;

5) articular acciones con los Institutos de Formación Docente a los efectos de incluir los contenidos y didáctica de la Educación Histórico Cultural Mbya Guaraní en los programas de enseñanza del mismo;

6) Celebrar convenios de colaboración con la Dirección General de Asuntos Guaraníes a los efectos de cooperar y asistir con docentes e integrantes de la comunidad, a la comisión ad hoc creada en el artículo 4, con la finalidad de establecer los contenidos a impartirse y desarrollar los materiales didácticos;

7) Desarrollar en la comunidad educativa y a través de ellos en su entorno social, los valores humanos de igualdad, respeto, tolerancia, pluralismo, cooperación y responsabilidad social.



Provincia de Misiones Artículo 4 ter Establece la enseñanza del área Identidad Misionera en los establecimientos educativos y crea una Comisión Ad Hoc
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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